SIGLO XVIII

El Catastro del Marqués de la Ensenada.

Entre 1750 y 1754 todas las poblaciones de "las Castillas" fueron sometidas a un interrogatorio constituido por 40 preguntas de diversa índole sobre la jurisdicción, población, diezmos, cultivos, industrias, etc., creando así una excelente fuente de datos para el estudio de nuestro pasado. Las Respuestas a estas preguntas se obtienen siguiendo un proceso previamente regulado de forma que se recabasen los mismos datos en todas las poblaciones. El interrogatorio, al igual que en otros muchos lugares, se realizó también en San Miguel de Montefurado el 8 de mayo de 1753 y en él nos ofrecen datos de indudable valor histórico.

Las preguntas las lleva a cabo el abogado D. Diego de Acosta Moreno de Meneses a quien se le encomienda esta tarea y abarcan la jurisdicción de San Miguel de Montefurado, coto de Anguieiros, coto de Vacariza y coto del Hivedo y en el interrogatorio presentes:

Don Juan Bizente (teniente de cura)
Bartolomé Vizente (juez ordinario de Montefurado)
Joseph Fernandez (juez del coto de Anguieiros)
Francisco Nogueira (juez del coto de Vacariza)
Pedro Vazquez (juez del coto de Hivedo)
Rosendo Anxel de la Fuente (escribano del ayuntamiento y de las jurisdicciones)
Joseph rodríguez, Joseph Fernandez, Tome Mondelo, Jiantin Rodríguez (peritos nombrados por las jurisdicciones de Anguieiros, Vacariza e Hivedo)
D. Nicolas Lopez Cadorniga y Joseph Manuel Gudiña (Peritos nombrados por San Miguel de Montefurado)

La primera pregunta trata sobre el nombre de la población es respondida como “San Miguel de Monte Furado” que se compone de los lugares de Centeais, Ferreira, Alvaredos, San Martin de Villanuiz, Vaquerizas del Cano y Cimadevila; el coto de Anguieiros se compone de Anguieiros, Sesmil y Encineira; el coto de Vacariza se compone solamente de éste lo mismo que el coto de Hivedo.

Las jurisdicciones son de Señorío y pertenecen a las siguientes personas:
La de San Miguel de Monte Furado pertenece a Don Joseph Nicolas Quiroga a quien los vecinos pagan por derecho de “luctuosa” 280 reales.
La del coto de Anguieiros pertenece a Don Pedro Carlos Quiroga a quien también se le paga el derecho de luctuosa 100 reales.
La del coto de Vacariza pertenece a Doña Josepha () Feixoo vecina de Orense con derecho a luctuosa de 16 reales.
El coto del Hivedo pertenece a Don Joseph Anxel de Losada que recibe por el señorío de Ferreira 30 reales y los vecinos de las Chozas le pagan 10 reales de luctuosa.
Además se paga por cada vecino que fallece 18 reales si tiene dinero y si es pobre 9 reales.

El derecho de “Luctuosa” se pagaba en algunos lugares a los señores o prelados y consistía en una joya u objeto valioso señalado por el difunto en su testamento o indicada por el mismo prelado.

También nos dan datos sobre los lindes de las jurisdicciones describiendo las distancias en leguas de levante a poniente y de norte a sur. Así, se nos cuenta que la jurisdicción de Montefurado tiene unas medidas de media legua de levante a poniente y dos leguas y media de norte a sur. La legua era la medida utilizada en la época para calcular recorridos y representaba la distancia que una persona o un caballo andaba en una hora. La legua castellana equivalía a unos 4,19 km y variaba entre las distintas provincias pero a partir del siglo XVI queda establecida entre los 5.573 y los 5.914 metros. En el interrogatorio nos comentan que esta distancia de norte a sur de dos leguas y media son las que se necesitan para andar 6 horas “…por lo fragoso que es el camino”. Los lindes que nos indican para esta jurisdicción son al levante los montes de Roblido, al poniente el coto del Hivedo, al norte el lugar de Villaester y al sur los montes de Larouco. Al margen del documento original se hace un pequeño esbozo de la figura que tendría la jurisdicción.

El coto de Anguieiros mide de levante a poniente cuarto y medio de legua, de norte a sur media legua y de circunferencia dos leguas. Los limites son los montes y termino de Montefurado por levante, San Juan de Vario y el rio Bibei por poniente, al norte el coto de Hivedo y al sur el coto de Vacariza. También se realiza el esbozo al margen.

Vacariza tiene media legua de levante a poniente y medio cuarto de norte a sur siendo de tres cuartos de legua su circunferencia. Limita con Larouco al levante, rio Vibei al poniente, lugar de San Fiz al norte y el coto de Anguieiros al sur.

El coto de Hivedo tiene de levante a poniente medio cuarto de legua y de norte a sur lo mismo. Su circunferencia es de media legua y los limites al levante con Montefurado, al poniente con el rio Sil y coto de Peites, por el norte con Villaester y por el sur con Anguieiros.

En cuanto a los cultivos de la zona la mayoría de la tierra es de regadío y se cultivan hortalizas aunque también hay tierras de secano que producen durante todo el año. Se cultiva el lino y el trigo, y existen plantaciones de centeno. Nos hablan también de viñas, olivares, higales y morales, sotos de castaño, dehesas de robles y pastos. Hoy en día la mayoría de estos cultivos han desaparecido, no quedan robles ni morales excepto algún que otro ejemplar diseminado por los alrededores, no hay trigo ni centeno y prácticamente se dedica toda la tierra a pequeñas huertas y al cultivo de la uva. Hay tierras de todas las calidades y los cultivos de árboles se dan tanto el hileras a lo largo de los lindes de las fincas como en bosques destinados a un solo cultivo.

La medida utilizada en la época para las tierras era el “estadal” que equivalía a cuatro “varas” o lo que es lo mismo 3,334 m. En el pueblo no es usada esta medida y las compras y ventas de tierras se realizaban según la cantidad de producción que esta daba. Para llegar a esta conclusión se hacía un juicio “prudencial de hombres inteligentes” según consta en el documento.
Para la medida del grano se usa de la “tega” que se compone de seis “maquilas” y la maquila de cuatro “cuarterones”.
Para el vino se usa la medida de “cuarta”, “media cuarta” y “cuartillo” de forma que una cuarta se compone de veintisiete cuartillos.
Los frutos que se cultivan en el término son: Hortalizas, trigo, centeno, lino, nabos, aceitunas, vino, aceite, hierba, higos, moras, cera y miel.
En esta época los vecinos eran asfixiados con varios tipos de impuestos. Los diezmos consistían en el pago de la décima parte al cura párroco (en esta fecha D. Joseph Quiroga) de todos los frutos de grano, lino, vino, aceite, ganados menores y esquilmos; de cada cría de ganado vacuno 10 maravedíes, de cada vaca de cría una libra de manteca. También se pagaba la Ofrenda Pascual que consistía en el pago de 6 Reales de la forma siguiente: un Real el día de San Miguel y los demás uno en cada Pascua. Las primicias consistían en darle a la iglesia una determinada cantidad por los frutos que se obtenían. El pago consistía en una tega y una maquila de centeno y los que no cultivan centeno ni vino pagan un Real. Este impuesto era empleado en las obras de la iglesia de la que se encargaba el cura. También se pagaba el Voto de Santiago cuyo beneficiario era el arzobispo de Santiago que se cobraba de una forma curiosa: el que labraba la tierra con una junta pagaba una tega de centeno y media quarta de vino y el que labraba con un solo animal o con azadón pagaba media tega de centeno y media quarta de vino.